Publicábamos no hace mucho un artículo titulado ¿Golpe de gracia al emprendimiento en España?, y en esta ocasión nos vemos de nuevo obligados a echar mano de esta trágica expresión para referirnos a la Libertad de Información como la hemos venido conociendo hasta ahora. Y es que si nadie lo remedia, y así parece será desgraciadamente, el borrador de la nueva Ley de Información Clasificada -que sustituirá a la vigente Ley de Secretos Oficiales de 1968- pasará su aprobación en el Congreso para convertirse en ley, una ley que puede suponer en la práctica un golpe de gracia a la Libertad de Información en España. Pueden acceder al texto del anteproyecto tecleando en cualquier buscador "anteproyecto ley información clasificada españa".
Esta Ley tiene por objeto regular el régimen jurídico aplicable a aquella información cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda ocasionar un daño o poner en peligro la seguridad o defensa nacional. Regula, asimismo, los procesos de clasificación, desclasificación y reclasificación de dicha información.
Es tan clasificada esta ley que se ha llevado a cabo la aprobación de su borrador por el Consejo de Ministros deprisa y corriendo, en plena época estival y con tan sólo un período de diez días para las alegaciones. Siempre se quejan los medios de comunicación de que es el verano una época en la que escasean las noticias y hay que tirar, como un culebrón, de aquellas que se presentan, algunas de forma recurrente -altas temperaturas, incendios, cortes de agua, fiestas...-, otras a veces realmente insignificantes y que en temporada alta informativa no merecerían ni la más mínima atención.
En cambio, viendo la trascendencia del asunto y que, curiosamente, es el periodismo en particular, y el mundo de la comunicación en general, los presuntos damnificados por esta ley con espíritu censor, la noticia ha pasado de puntillas por los "grandes" del arco mediático, a quienes parece importarles poco o nada -sus razone$ tendrán- pasarse por el arco de triunfo el denunciar y advertir públicamente a la opinión pública de que dicha ley, si sale adelante -que saldrá-, significará en la práctica un atentado contra derechos y libertades públicas que, a bote pronto, ya colisiona de pleno con el Artículo 20 de la Constitución Española que, entre otras cuestiones, reconoce y protege el derecho no sólo a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, sino también a expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones a través de cualquier medio de reproducción. ¿Y qué hay de los posibles abusos que se puedan cometer al amparo de dicho artículo? Ya se recoge por ley su regulación.
¿Será la nueva Ley de Información Clasificada recurrida ante el Constitucional, órgano que pretende controlar el Gobierno a las bravas, y más aún teniendo en cuenta sus reiterados reveses por la inconstitucionalidad de algunas de sus acciones, como fue el caso de los confinamientos?
Pero es que además, a nivel europeo, y en concreto la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, en su artículo 11, declara que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras.
La defensa y seguridad nacional no deben servir como elemento legitimador de la ocultación de cualquier información, sino que ha de ponderarse caso por caso la necesidad de llevar adelante su clasificación de acuerdo con los fines que persigue la Ley, haciendo de este proceso la excepción y no la regla. Esta es, en definitiva, la filosofía que subyace en la presente Ley de Información Clasificada, que viene a establecer una serie de procedimientos jurídicos reguladores de los procesos de clasificación, desclasificación y reclasificación de aquella información cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda ocasionar un daño o poner en peligro la seguridad o defensa nacional.
En la práctica, con base en la nueva Ley de Información Clasificada, el Gobierno podrá declarar secreto cualquier asunto, tema o cuestión que le parezca oportunos. ¿Y cuál es la consecuencia de dicha declaración? Pues que a partir de ese momento la materia declarada como secreta debe quedar excluida de tratamiento por parte de cualquier medio de comunicación, tanto los más tradicionales, como los digitales y las redes sociales, los cuales podrán ser sancionados si el gobierno estima que han transgredido la ley. Una ley que, como estamos viendo, deja al arbitrio del poder político la aplicación del derecho, convirtiendo al Ejecutivo en juez y parte, dando una zancada más en su asalto al poder Judicial.
Una diáfana muestra más de la inexistencia de separación de poderes en España. Una nueva y abominable ofensiva por parte del Gobierno contra las instituciones del Estado, reforzando el autoritarismo de una de sus estructuras básicas: los partidos políticos, los cuales acaban ejecutando, legislando y designando jueces. En un Estado sujeto a Derecho y que reconoce y protege libertades y derechos del individuo termina siendo tremendamente nociva la existencia de partidos estatales, tendentes por naturaleza a la corrupción y al abuso de poder. Los partidos políticos no deben ser estructuras básicas sobre las que se asienta el Estado, y mucho menos megaestructuras.
La Autoridad Nacional para la protección de la información clasificada, ejercida por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, es la autoridad responsable de la protección y tratamiento de la información de origen nacional que se clasifique en las categorías de «Alto secreto», «Secreto» y «Confidencial» y de toda la información clasificada que el Reino de España reciba de otros Estados u organizaciones internacionales, cualquiera que sea su categoría de clasificación.
La competencia para la clasificación, reclasificación y desclasificación de la información clasificada en las categorías de «Alto secreto» y «Secreto» corresponderá exclusivamente al Consejo de Ministros, sin que en ningún caso esta competencia pueda ser delegada.
Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de información clasificada las personas físicas o jurídicas que, por acción u omisión, incurran en los supuestos tipificados como infracciones en esta Ley.
¿Y qué hace al respecto el principal partido de la oposición con esta nueva Ley de Información Clasificada? Sí, ese partido que, lejos de atender y exigir para España los estándares europeos respecto al poder Judicial, persiste una y otra vez en seguir repartiéndoselo con el partido que gobierna, a la postre pilares ambos sobre los que se ha sustentado y tratan de seguir sustentando un régimen cuyo estado de putrefacción es tal, que han visto en el rol cada vez más autoritario del Estado su supervivencia: la de dichos partidos, la de a quienes realmente representan, y garantizando así la del propio sistema corrupto y fallido.
Un destacado representante del partido con más escaños que no forma parte del gobierno expresaba sobre esta nueva ley que "no nos gusta". Normal, a nadie en su sano juicio, comprometido con la defensa de derechos fundamentales, no sólo no le debe agradar, sino que aborrecería de dicha ley, no tanto por el objeto de la misma -preservar la seguridad y defensa de la nación-, sino por ser el Gobierno de turno quien, a través del Consejo de Ministros, tenga la potestad exclusiva para decidir lo que es secreto y alto secreto. Ahora bien, si finalmente dicho anteproyecto pasa el trámite parlamentario, ¿será derogada esta ley una vez dicho partido alcance el poder, teniendo en cuenta que es un cómodo instrumento para silenciar a quienes incomoden al Gobierno con el libre y responsable ejercicio de sus derechos?
"No falla el vestido, lo que falla es la modelo..." decía la letra de una canción. Pues eso, a buen entendedor...